Gabriel Budiño

martes, 24 de abril de 2007

Reforma Tributaria en Criollo

Mañana miércoles se presentarán los decretros reglamentarios de la Reforma Tributaria. Pero ante las preguntas que varios me han hecho, he decidido adelantar algunos apuntes sobre el impacto que tendrá la en términos prácticos, y su forma de liquidación:

Impuesto al Patrimonio a Personas Físicas (IP)
- Se prevé una reducción gradual, hasta llegar a 0,1% en 2024

Sociedades Financieras de Inversión (SAFI)
- A partir del 1/7/2007 no podrán iniciarse trámites para crear nuevas SAFIs.

Aportes a la Seguridad Social
- En forma gradual quedarán gravadas - sólo por aportes patronales jubilatorios - los tickets alimentación, transporte, etc.

IVA y Cofis
- El IVA baja al 22%. Los servicios de salud y transporte terrestre se gravan con tasa del 10%.
- Se gravan con IVA del 22%: cigarrillos, suministro de agua, leche larga vida y saborizada.
- Se prevee un régimen de devolución de IVA para turistas.
- Se elimina el Cofis.

Impuesto a la Renta de las Personas Físicas (IRPF)
- Dos categorías: I (rendimientos de capital) y II (rentas de trabajo, jubilaciones y pensiones).
- Categoría I: intereses de depósitos mayores 1 año 3%, menores 1año 5%, dividendos 7%, otros 12%
- Categoría II: grava ingresos en dinero o en especie, viáticos sin rendición, salario vacacional, aguinaldo.
- La indemnización por despido solo está gravada por el monto que supere el mínimo legal.
- En el caso de servicios personales (no dependientes) la renta computable son los Ingresos menos un 30% (en concepto de gastos).
- A cada alícuota de los ingresos se aplica a la escala de rentas correspondiente, para llegar al IRPF Primario.
- Deducciones válidas: Aportes jubilatorios, DISSE y FRL, Fondo de Solidaridad y su adicional, $ 10.600 anuales por hijo a cargo.
- Para determinar el monto total de la deducción, a la suma de los conceptos deducibles hay que aplicarle la escala de tasas pero “sin mínimo no imponible”.
- El impuesto = IRPF Primario - IRPF Deducciones.

Aquí hay unos ejemplos para quienes estén interesados en ver como funciona el cálculo del IRPF.


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2 comentarios:

  1. esta buena la explicacion, pero en cuestion de opiniones y como todo uruguayo mirando cada uno su chacrita en comparacion con lo que aporta hoy cual es la diferencia ??

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  2. Sin lugar a dudas sobre este tema hay mucho para opinar, pero como dice un amigo: "Sin lugar a dudas yo tengo que aportar, pues hay gente que está peor... el tema es en que se gasta ese dinero".

    Respecto a quienes deberán pagar más, la cifra que se ha manejado en la prensa como límite son los $ 30.000 nominales (unos U$S 1.000 líquidos).

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